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Mario Bros también es una tienda en Costa Rica. Conflictos con marcas

Las marcas, además de identificar productos o servicios en el mercado local, son símbolos que cruzan fronteras y generan impacto global en este mundo interconectado. Esta interconectividad tiene implicaciones, tanto legales como comerciales, que deben tenerse en cuenta. 


La Ley de Marcas de 2001 reconoce dos categorías especiales de marcas con un alto nivel de reconocimiento: las marcas notorias y las marcas renombradas.


Una marca notoria es aquella que es ampliamente reconocida por consumidores y profesionales dentro de un sector específico del mercado. Es decir, no todo el mundo la conoce, pero dentro de su industria es un referente. 

Por otro lado, una marca renombrada va más allá de un sector concreto y es reconocida por prácticamente cualquier persona, incluso si nunca ha consumido sus productos o servicios. Son esas marcas cuyo nombre evoca de inmediato una imagen, un estilo de vida o ciertos valores. 


Uno de los principios fundamentales del derecho de marcas es la territorialidad, sin perjuicio de que existan mecanismos internacionales como el Convenio de París o el Protocolo de Madrid, que permiten registrar marcas en varios países a través de un único procedimiento en algunos casos, cada jurisdicción tiene requisitos específicos, y el alcance del derecho depende del registro efectivo y su renovación o del uso comercial continuo. 


No obstante, en los últimos meses se han dado casos interesantes en distintos países, que permiten ilustrar cómo las legislaciones locales y la dinámica del mercado global interactúan en materia de propiedad industrial, generando conflictos cuando una marca conocida globalmente no está registrada o no es utilizada en un país específico. En estos casos, empresas locales pueden llegar registrar marcas similares. 


Mario Bros: un fontanero con problemas legales en el paraíso tropical

Una empresa local de Costa Rica utilizó la marca "Súper Mario" para un producto que nada tenía que ver con videojuegos -se trataba de una tienda de alimentos-, y para sorpresa de muchos, ganó la disputa legal, pero, ¿cuál fue el motivo?


La clave reside en la territorialidad de la que hablábamos arriba. En este caso, la empresa local demostró que "Mario Bros" no estaba registrado ni utilizado comercialmente en Costa Rica dentro de las categorías aplicables. Además, bajo la legislación costarricense, el principio de especialidad establece que las marcas deben ser protegidas solo en los sectores de mercado donde están registradas. Al no existir un conflicto directo en el uso de la marca en relación con videojuegos, la tienda de alimentos pudo conservar el registro, demostrando que, a pesar de ser una marca extremadamente famosa a nivel mundial, su protección no es automática ni ilimitada.


"Mercanona", el clon venezolano de Mercadona​

En esta ocasión estamos ante un supermercado en Venezuela que guarda un sospechoso parecido con la cadena española Mercadona. No solo el nombre es similar, sino también el logotipo, la tipografía y los colores. Si bien es cierto que, por el momento, no se conocen acciones legales por parte de la cadena de supermercados, esta similitud podría constituir una infracción por aprovechamiento indebido de la reputación ajena o incluso un acto de competencia desleal, dependiendo de las pruebas que presenten las partes implicadas. 

En definitiva, aunque no haya un registro directo en Venezuela, Mercadona podría iniciar acciones legales si demuestra que su marca es "notoriamente conocida" (concepto reconocido por el Convenio de París).


A diferencia de Mario Bros, este caso se basa en el reconocimiento dentro del sector de supermercados y alimentación. Aquí no hablamos de una marca renombrada a nivel general (pues Mercadona no es tan conocida fuera de España), sino de una marca notoria en su industria.


La realidad es que proteger una marca fuera del propio territorio no es tarea sencilla, y estos casos lo demuestran. Aunque la globalización ha facilitado que los bienes y servicios lleguen a cualquier rincón del mundo, también ha dejado expuestos vacíos legales y diferencias normativas. La situación en la que nos encontramos deja claro que no es suficiente con tener reconocimiento comercial o internacional, independientemente del tamaño de la marca. Las empresas deben adaptarse al contexto y anticiparse a escenarios futuros, especialmente aquellos que puedan generar conflictos.


Redactado por Carlota Moreno, a fecha 19 de marzo de 2025.

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