Una compañía telefónica ha sido sancionada por la AEPD después de que una persona recibiera durante meses facturas de un contrato que no era el suyo. El afectado no era cliente, no había contratado ningún servicio y, aun así, su correo electrónico figuraba asociado a otra persona.
El origen del problema fue un error al introducir el correo electrónico durante una contratación. Ese dato quedó registrado como correo de contacto de una clienta real, por lo que las facturas de esa persona empezaron a enviarse a un tercero.
El afectado avisó a la compañía y solicitó que se eliminaran sus datos de inmediato. Aún después de la respuesta de la compañía indicando que su petición había sido atendida, esta persona siguió recibiendo nuevas facturas.
Para la AEPD, el fallo no fue solo haber recabado de manera errónea los datos sino también el hecho de no contar con controles suficientes para detectar y corregir ese error, especialmente después de que el afectado lo hubiera comunicado.
Además, la situación se mantuvo durante un periodo prolongado y no se corrigió correctamente hasta mucho después, cuando la Agencia ya había requerido información a la compañía.
Esto supone un incumplimiento del principio de exactitud de los datos y una atención incorrecta del derecho de supresión del interesado.
La AEPD propuso una sanción total de 25.000 euros: 15.000 euros por no mantener los datos exactos y 10.000 euros por no atender correctamente la solicitud de supresión.
Finalmente, la compañía reconoció su responsabilidad y realizó el pago voluntario, por lo que la sanción quedó reducida a 15.000 euros.
Este caso demuestra que un una mala gestión de la exactitud de los datos, aún después de haber sido comunicado por la persona afectada, es una infracción de la normativa de protección de datos con consecuencias para las organizaciones.
De ahí, que el principio de responsabilidad proactiva, implique, entre otras cuestiones, revisar los procesos de alta de clientes, verificar la exactitud de los datos y, sobre todo, porque los errores a veces ocurren, atender de manera correcta el ejercicio de los derechos de las personas titulares de los datos.
Puedes leer la resolución completa en el siguiente enlace.
Redactado por Julia, a fecha 26 de mayo de 2026.